Cómo
se conforma un sindicato
Según las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos de Ginebra,
Suiza: “Los trabajadores y los empleadores, sin
ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir
las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas
organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.” (Humanos,
1950)
Según
el Artículo 39 la constitución política de Colombia: “Los trabajadores y
empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin
intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple
inscripción del acta de constitución. La estructura interna y el funcionamiento
de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden
legal y a los principios democráticos. La cancelación o la suspensión de la
personería jurídica sólo proceden por vía judicial. Se reconoce a los
representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el
cumplimiento de su gestión. No gozan del derecho de asociación sindical los
miembros de la Fuerza Pública”. (Constituyente, 1991)
(Colombia, 2016)
Bibliografía
Colombia,
C. (14 de Abril de 2016). Youtube.
Obtenido de Cómo crear un sindicato: https://www.youtube.com/watch?v=p4asucFhsSg&feature=youtu.be
Constituyente,
A. N. (4 de Julio de 1991). Constitución
política de Colombia. Obtenido de Constitución política de Colombia:
http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-1/articulo-39
Humanos,
O. d. (4 de Julio de 1950). Convenio
sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
Obtenido de Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho
de sindicación: http://www.hchr.org.co/documentoseinformes/documentos/html/pactos/conven_87_oit_libertad_sindical.html
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